Canal de Denuncias obligatorio: Infracciones cubiertas y sanciones de hasta 1 millón de euros


Canal de denuncias obligatorio en empresas

El Canal de Denuncias (o Sistema Interno de Información) dejó de ser una opción de buena gobernanza para convertirse en una obligación legal ineludible para el tejido empresarial español. Con la plena operatividad de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.) y el despliegue de inspecciones activas, las empresas que aún no disponen de esta herramienta se exponen a sanciones económicas drásticas.

Obligatoriedad general: Toda empresa privada con 50 o más trabajadores, así como entidades de sectores específicos (financiero, prevención de blanqueo, medio ambiente o transporte), partidos políticos y fundaciones que reciban fondos públicos, están obligadas por la Ley 2/2023 a implantarlo.

¿Qué infracciones e irregularidades cubre obligatoriamente el Canal de Denuncias?

La Ley 2/2023 define un ámbito material muy amplio. El sistema debe servir para reportar de forma segura y confidencial cualquier acción u omisión que pueda constituir:

1

Infracciones del Derecho de la UE

Incumplimientos en materia de contratación pública, servicios financieros, prevención del blanqueo de capitales, seguridad de los productos, protección del medio ambiente y transporte.

2

Delitos Penales Graves o Muy Graves

Actividades delictivas que puedan generar responsabilidad penal para la persona jurídica (fraudes, corrupción en los negocios, malversación, estafas o blanqueo).

3

Infracciones Administrativas Graves o Muy Graves

Irregularidades graves que afecten al interés general, la Hacienda Pública, la Seguridad Social, la seguridad y salud en el trabajo o la normativa de protección de datos (RGPD).

4

Acoso Laboral y Vulneraciones de Derechos

Prácticas discriminatorias, situaciones graves de acoso laboral o sexual dentro de la organización que vulneren los derechos fundamentales de la plantilla.


Pasos a seguir en el canal de denuncias

Régimen Sancionador: Sanciones y Multas de la Autoridad Competente

La falta de cumplimiento de la normativa o una gestión deficiente del canal acarrea consecuencias severas para las empresas (personas jurídicas):

⚠️ Escala de Sanciones (Ley 2/2023) para Empresas
  • Infracciones Muy Graves (no disponer de canal obligatorio, adoptar represalias contra el informante, vulnerar la confidencialidad): Multas de 600.001 € a 1.000.000 €.
  • Infracciones Graves: Multas de 100.001 € a 600.000 €.
  • Infracciones Leves: Multas de hasta 100.000 €.
  • Sanción Accesoria: Posibilidad de prohibición de obtener subvenciones públicas y de contratar con el sector público durante un periodo de hasta 4 años.
🛡️ Requisitos clave para que el canal cumpla la ley
Confidencialidad y Anonimato
  • Garantía técnica de anonimato en las comunicaciones.
  • Protección estricta de la identidad del informante frente a represalias.
Plazos Obligatorios
  • Acuse de recibo de la denuncia en un plazo máximo de 7 días.
  • Resolución e investigación en un plazo máximo de 3 meses.
Gestión Externa o Interna
  • Designación formal de un Responsable del Sistema.
  • Posibilidad de externalización segura con registro de evidencias.

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